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jueves, 21 de marzo de 2013

LAS VÍCTIMAS PODRÁN VIAJAR CON SU MEDIDA DE PROTECCIÓN

La Unión Europea completa la Euroorden de protección de mujeres maltratadas 

Con el acuerdo alcanzado por los ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea el pasado 8 de marzo se ha avanzado un paso más en la protección de la víctimas, especialmente las de violencia de género. La aprobación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil para víctimas, complementa la Euroorden de protección que impulsó España cuando asumió la presidencia española de la Unión Europea en 2010. El mencionado reglamento comenzará a aplicarse a partir del 11 de enero de 2015, y prevé un mecanismo automático de reconocimiento por todos los países de las órdenes civiles, que son las utilizadas en algunos países miembros para imponer medidas de protección a las víctimas, aunque en España sólo se impongan en el orden penal. Con la medida, las autoridades judiciales de los 27 Estados comunitarios reconocerán de manera automática la orden expedida por cualquier país miembro, algo que hasta ahora no ocurría por los diferentes tratamientos (civil, penal o administrativo) que cada estado aplicaba a estos procedimientos. “Las víctimas de la violencia de género no solo se verán protegidas en su país, sino que se llevarán la protección consigo al trasladarse por Europa. Este ha sido un regalo de los ministros de Justicia en el Día de la Mujer”, afirmó la comisaria europea de Justicia, Viviane Reding. 

Aunque se dirige a todo tipo de víctimas, las de violencia de género serán sus principales destinatarias, permitiéndolas que mantengan la protección de que gocen en un país miembro cuando ejerzan su legítima libertad de desplazamiento, superando así la situación existente en la que la víctima puede viajar, pero no su medida de protección. 

Las instituciones comunitarias estiman que cada año se dictan más de 100.000 órdenes de protección en los países comunitarios, la mayoría por violencia de género. La principal ventaja de lo acordado reside en el reconocimiento automático de las órdenes de protección emitidas por cada país, de manera que las autoridades del territorio donde reside la víctima emitirán, de oficio o a petición de ésta, un certificado común en el que figure la identificación de la víctima, la de la persona o personas de las que necesita protegerse, el tipo de protección adoptada y la fecha en que ha entrado en vigor.

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